Pemex está obligado a no condicionar venta de combustibles: Cofece

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La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) aclaró que el amparo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó a Petróleos Mexicanos (Pemex) este miércoles contra una resolución emitida por su antecesora, la Comisión de Competencia Económica (CFC), no implica que la empresa productiva del Estado “pueda negar la entrada de transportistas a sus instalaciones o ate la venta de su combustibles a la contratación de cualquier servicios”.

El organismo antimonopolios aseveró que acatará la resolución de la SCJN contra la resolución de la CFC, la cual “acreditó que Pemex condicionaba la venta de gasolinas y diésel a la contratación de los servicios de traslado de esos mismos combustibles, desde las Terminales de Almacenamiento y Reparto (TAR) a las estaciones de servicio, con autotanques y equipos operados por el personal sindicalizado de la entonces paraestatal”, por lo cual le impuso sanciones por 653.2 millones de pesos en 2013.

Sin embargo, puntualizó que resolución de la Suprema Corte se basó en la legislación previa a la reforma energética donde se establecía como “área estratégica reservada a la nación” ese traslado de combustible de las TAR a las estaciones de servicio.

Pero con legislación actual, emanada de la reforma energética que puso fin al monopolio de Pemex, se permite a los expendedores adquirir la gasolina y el diésel de Pemex en las TAR o inclusive en las propias refinerías, y trasladarlas con medios propios o a través de terceros hasta sus estaciones de servicio, indicó la Cofece.

Así que advirtió que “Pemex está obligado a no condicionar la venta de combustibles a la contratación de servicio adicional alguno, incluido el traslado de éstos desde sus refirnerías o las TAR a las estaciones de servicio”. La empresa tampocopuede negar la entrada de permisionarios transportistas a sus terminales de almacenamiento, ni atar la venta de su combustible a la contratación de cualquier servicio logístico o de valor agregado (incluido el transporte) o a la existencia de contratos de franquicia.

El organismo recordó que desde octubre del año pasado, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ordenó a Pemex dejar sin vigencia los contratos de suministro que tiene firmados con las estaciones de servicio del país, y sustituirlos por nuevos contratos autorizados de venta de primera mano o comercialización, para que todos los dueños de estaciones de servicio puedan, en entera libertad, únicamente comprar el combustible a Pemex o agregar distintos servicios de valor agregado, incluyendo el almacenamiento y/o el transporte.

Para ello le dio un plazo de nueve meses, contados a partir de octubre así que para mediados de este año ya deben estar listos los nuevos contratos y corresponde a la CRE verificar que la empresa permita el acceso a sus instalaciones de los adquirientes y no les de un trato discriminatorio.

La Cofece advirtió que se mantendrá atenta al comportamiento de Pemex e iniciará, en su caso, “investigaciones que correspondan ante la existencia de indicios que hagan suponer la realización de prácticas monopólicas relativas, incluyendo ventas atadas, negativa de trato, discriminación entre compradores, o la denegación, restricción de acceso o acceso discriminatorio de un insumo esencial”.

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